lunes, 30 de mayo de 2011

La Calificación de hospitales y clínicas del país a las EPS.


Comencemos por lo básico. La mayoría de ciudadanos nos vemos perdidos en un mar de siglas que suenan igual pero al mismo tiempo percibimos que son diferentes, por alguna razón siempre que acudimos al médico o a cualquier tipo de profesional de la salud lo hacemos responsable del trato, del diagnostico de la dolencia que padecemos, de la entrega completa de los medicamentos y hasta del “tonito” que tenía la persona que confirmo la cita vía telefónica.
Estas personas hacen parte de las IPS, esto significa Institución Prestadora de Saludesta organización solo garantiza que los profesionales de la salud generen la atención que los usuarios requieren.
Ahora bien, una EPS es una Entidad Promotora de Salud es una entidad que asegura los riesgos de toda persona conforme a las enfermedades que presenta.
El 1 de marzo de 2011, se conoció por parte de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas, la decima segunda encuesta de percepción a la gestión de las EPS. La Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas es una organización constituida desde 1956 con el fin de fomentar el mejoramiento de la gestión hospitalaria en el país. La Asociación genera variadas actividades en pro de lo mencionado, anualmente realiza  la Encuesta Anual de percepción IPS sobre las EPS.


La encuesta está basada en la calificación de hospitales y clínicas del país  sobre las EPS de acuerdo a la gestión de estas en el Régimen Contributivo. Se incluyeron 22 entidades, sobre las cuales midieron los siguientes indicadores de gestión:
  • Confianza
  • Calidad del servicio
  • Auditoría
  • Tarifas
  • Contratación
  • Comunicación e información
  • Pagos
La escala de calificación que establece la ACHC está comprendida de 0 a 100 en cada uno de los ítems mencionados, así como también un valor Promedio de calificación que permite establecer un escalafón entre todas las entidades evaluadas.
Lo preocupante de la encuesta es que dentro del promedio de calificación satisfactorio establecido, ninguna de las EPS obtuvo un promedio superior al estándar aprobatorio, el cual está considerado en 60 puntos sobre 100. Esto quiere decir queTodas reprobaron y no cumplen de cierta manera con los objetivos designados por elMinisterio de la Protección Social, en el marco del aseguramiento del riesgode todas las personas conforme a las necesidades en salud que los usuarios  presentan.
La encuesta resalta que hubo indicadores satisfactorios en temas como Contratación el cual se obtuvo una calificación de 69/100, pero mencionan dentro de las observaciones que las IPS se quejan en este ítem, debido a que estas se han visto obligadas a fraccionar las condiciones de los contratos con respecto a la atención integral de los usuarios. Al fraccionarse la atención en salud se establece una barrera al usuario para accesar a lo que por naturaleza tiene derecho. Al dificultarse laAccesibilidad de los servicios médicos a los usuarios se establece una acción de violación de los Derechos Humanos en SaludSalud al Derecho mencionó en su entrega anterior las diversas formas en que se realizaba en la Negación de los Servicios Médicos.

La encuesta continua mostrando datos importantes, menciona que en el 14% de las IPS adicionalmente de lo mencionado, reportan que las EPS No permiten que los pacientes reciban toda la atención que han contratado, así el hospital y la clínica están en la capacidad de brindar el servicio.
Hablemos de la calidad de los servicios. La medición comenta que el 55% de las IPS dice que las EPS no gestionan actividades en pro de la calidad de la atención de los afiliados. El 23% de las IPS mencionan que las EPS nunca dan a conocer las políticas y que modelos de atención manejan para con sus usuarios.
Uno de los ítems mencionados que fueron evaluados es el de las Comunicaciones y de la información. Se menciona que con respecto a esto las EPS han tenido cierta mejoría, sin embargo el 53% de los encuestados menciona que se siguen presentandodemoras en las autorizaciones cuando son atenciones que se requieren realizardespués de manejar una atención de urgencias. El 72% de los encuestados manifiesta que las EPS no proporcionan información de los usuarios en temas epidemiológicos y ubicación geográfica (esto es demasiado importante a la hora de realizar una atención ya que la clínica o hospital necesita evaluar de que se enferman los pacientes de esa EPS, y en qué condiciones viven y como son sus oportunidades de accesar a los servicios). El 50% de las IPS indagadas manifiestan que las EPS generan restricciones sobre los usuarios con respecto al uso y a la libertad de escogencia de la institución que más le convenga a este.
La encuesta finaliza con el tema de los pagos. Este es indicador que arrojo los indicadores más bajos, debido a que el promedio de calificación que se dio fue de 35/100. Las IPS manifiestan que ninguna EPS pagan en los tiempos establecidos por la ley, y que ninguna reconoce intereses por mora por los pagos retrasados.
La encuesta presenta el ranking de las 22 EPS de acuerdo a los parámetros medidos.
EPSRANKINGCALIFICACION de  0 a 100
COMPENSAR158,8
EPS SURA258,3
ALIANSA SALUD EPS S.A.357,6
SANITAS EPS455
FAMISANAR554,3
SALUD COLPATRIA654,2
COMFENALCO ANTIOQUIA752,7
COOMEVA851,6
GOLDEN CROSS EPS950,9
SALUD TOTAL1050,5
COMFENALCO VALLE1150,4
S.O.S.1248,6
CAFESALUD1348,4
NUEVA EPS1447,9
RED SALUD1547,5
CRUZ BLANCA1647,2
SALUDCOOP1746,2
HUMANAVIVIR1841,2
SOL SALUD1940,4
MULTIMEDICAS EPS2038,9
SALUDVIDA S.A.2135,2
SALUD COLOMBIA2233,2
Según tengo entendido si un usuario se atrasa en los pagos de la seguridad social esto generará intereses de mora sobre su cotización. Lo cual le implica a este pagarla de lo contrario no podrá accesar al servicio. Me causa curiosidad el hecho que este mismo parámetro No lo aplique el gobierno nacional sobre las EPS, ya que esto afecta la eficiencia en la labor de clínicas y hospitales que finalmente son los que pagan los platos rotos en el servicio a los usuarios.
Creo que las EPS deberían tener un control adicional a su gestión debido a que por sus demoras y falta de eficiencia, están incurriendo directamente en la afectación del Derecho a la Salud de los Colombianos y por ende generando una violación a la Declaración Universal de los Derechos Humanos en sus artículos. Este comportamiento afecta directamente el artículo 3 en donde se defiende el derecho a la vida que tiene todo individuo. El Artículo 22 donde se menciona el derecho a la seguridad social y finalmente el artículo 25 en donde se menciona que toda persona así como su familia tiene derecho a un adecuado nivel de vida que asegure la salud y la asistencia médica.
Es posible que por este tipo de comportamientos, el gobierno Americano se haya pronunciado el pasado 21 de marzo del presente año en la publicación del Miami Herald donde se menciona que el gobierno Colombiano en pro de la protección de los derechos humanos “necesita hacer más”.



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